Si bien el empleador tiene la facultad de organización
del establecimiento, no puede introducir cambios arbitrarios en las
tareas del trabajador, desde el vamos que no puede disminuirse la
remuneración, ni adicionales que percibe el trabajador y éste tiene que
estar de acuerdo con el cambio de puesto laboral, y tener la
capacitación e inducción necesaria, porque hace muchos años que se
desarrolla en un puesto totalmente diferente al que lo quieren
trasladar.
Más de 50 Años dedicados al Sector Impositivo, Previsional, Contable, entre otros.
Contador
José Zaietz
contadorzaietz@gmail.com