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martes, 12 de febrero de 2013

Tabla de las Deducciones Personales de Ganancias desde Marzo 2013

Luego del anuncio del aumento en las deducciones permitidas para liquidar el Impuesto a las Ganancias que se tributa para la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, del 20% que rige a partir de marzo de 2013, se modifican los montos a tener en cuenta, los cuales deberán formalizarse por decreto y publicación en el Boletín Oficial. Desde dicho mes, los trabajadores solteros comenzarán a pagar a partir del sueldo bruto de $8.359,54 y los casados con dos hijos desde $11.562,71.
En los próximos día la AFIP oficializará los nuevos montos a deducir en ganancias por los determinados conceptos de la Ley, Cónyuge, hijos, cargas de familia, etc.
El Gobierno otorga un aumento en el Mínimo no Imponible de Ganancias pero continua sin actualizar la tabla de Escalas denominada de “Machinea”, que Ricardo Echegaray, titular de la AFIP, dijo en una entrevista periodística que depende del Congreso Nacional.

Deducciones Impuesto a las Ganancias
Concepto Año 2010 Año 2011/12 Marzo 2013
A) Ganancias no Imponibles Artículo 2,  inciso a) $ 10.800.- $ 12.960.- $ 15.552.-
B) Deducción por Carga de Familia Articulo 23, inciso b)


1 – Cónyuge $ 12.000.- $ 14.400.- $ 17.280.-
2 – Hijos $ 6.000.- $ 7.200.- $ 8.640.-
3 – Otras Cargas de Familia $ 4.500.- $ 5.400.- $ 6.480.-
C) Deducción Especial Articulo 23, inciso c),  primer párrafo $ 10.800.- $ 12.960.- $ 15.552.-
D) Deducción Especial Artículo 23, inciso c), Artículo 79, inciso a), b) y c) $ 51.400.- $ 62.208.- $ 74.650.-
Deducción Servicio Doméstico y Especial Autónomos
$ 10.800.- $ 12.960.- $15.552.-


Reforma Tributaria Ley Nº 25.239  30/12/99 – Impuesto a las Ganancias
Ganancia Neta Acumulada    -  Título I  Articulo Nº 1 inciso o
Pagaran Ganancias Importe superior a: Hasta $ $ % Pagaran sobre el Excedente de $
$0 $ 10.000.- $0 9 $0
$ 10.000.- $ 20.000.- $ 900.- 14 $ 10.000.-
$ 20.000.- $ 30.000.- $ 2.300.- 19 $ 20.000.-
$ 30.000.- $ 60.000.- $ 4.200.- 23 $ 30.000.-
$ 60.000.- $ 90.000.- $ 11.100.- 27 $ 60.000.-
$ 90.000.- $ 120.000.- $ 19.200.- 31 $ 90.000.-
$ 120.000.- en adelante $ 28.100.- 35 $ 120.000.-
Fuente AFIP


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