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viernes, 26 de julio de 2013

IVA Crédito fiscal - Servicios a nombre del dueño que le alquila


Un cliente recibe las facturas de los servicios a nombre del dueño que le alquila, con discriminación del IVA. 
¿Puede tomarlo en su ddjj o debe (sí o sí) hacer el trámite para el cambio de nombre y recién entonces puede tomar el crédito?
 

De conformidad con lo establecido por el artículo 57 del decreto reglamentario de la Ley de IVA, los responsables inscriptos que sean locatarios de inmuebles en los que desarrollen actividades gravadas, podrán computar como crédito fiscal, el IVA correspondiente a la provisión de agua corriente, gas o electricidad, la prestación de servicios de telecomunicaciones u otras provisiones o prestaciones de similar naturaleza, que las empresas proveedoras o prestadoras de tales bienes o servicios facturen por los citados inmuebles a nombre de un tercero, ya sea el propietario de los mismos o su anterior locatario.
Dicho cómputo será procedente en la medida que el pago de las facturas involucradas se encuentre a cargo del locatario, siempre que tal obligación se halle expresamente estipulada en el contrato de locación vigente o, en su defecto, se hubiere convenido con el locador mediante nota suscripta por ambos.

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