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jueves, 22 de agosto de 2013

Compensaciones - Anticipos Impuestos sobre los débitos y créditos bancarios


 
COMPENSACION DEL IMPUESTO:
Como realizamos una compensación tomando como origen el Impuesto 149 Impuesto sobre débitos y créditos en cuenta corriente con destino de la compensación de:
◘ Anticipos de Ganancias Persona Jurídica
◘ Ganancias Persona Física
◘ Ganancia Mínima Presunta
◘ FONEDU (Fondo Nacional Educativo)

PROCEDIMIENTO:
Para realizar este tipo de compensaciones deberá seguir:
◘ Ingresar en la pagina de Afip con CUIT y Clave Fiscal:
◘ Seleccionar el Servicio:
Sistema de Cuentas Tributarias
 
Si no lo tiene habilitado lo da de alta en el servicio:
Administrador de Relaciones de Clave Fiscal
 
○ ADHERIR SERVICIO
○ AFIP
○ SERVICIOS INTERACTIVOS
(Buscar el servicio en la lista seleccionarlo y aceptar)

◘ Seleccionar el menú “Transacciones” que desplegara una lista de opciones
◘ Seleccionar “Utilización de Créditos Especiales” y allí se realiza la compensación.
 
 

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