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viernes, 9 de noviembre de 2012

IGJ - Tasa Anual instructivo para la emisión



Emisión de una boleta para el pago de la tasa anual, la que es imputable solo a las
sociedades accionarias.

La boleta de tasa anual de cada año puede ser solicitada tres veces como máximo,
pasado ese límite el recurrente deberá abonar un FORMULARIO A. 


El cálculo del importe se realizará tomando en cuenta el ejercicio anual vencido.
Los particulares podrán generar o imprimir la boleta a través de la Web del organismo para las tasas posteriores al año 2005.

Instructivo para la impresion de las tasas anuales de la Inspeccion General de Justicia (IGJ):

1. Ingresar en el sitio: http://www2.jus.gov.ar/igj-tasas/ 
2. Seleccionar la opcion "Anual" luego el Botón "Continuar"
3. Se le presenta dos opciones de busqueda de la Sociedad:
    a. Por número de correlativo de la sociedad
    b. Por Razón Social
    Debe seleccionar la opción que crea conveniente y luego "Buscar"
4. Una vez seleccionada la sociedad tendremos la ultima parte donde nos aparece en el siguiente orden:
    a. Número de correlativo de la sociedad
    b. Razón Social
    c. E-mail: (debe ingresar su casilla e-mail para contacto)
    d. Año: (debe seleccionar el año que figure para la emision de la respectiva tasa)
    e. Tipo de tasa: Anual (valor por defecto)
    f.  Ingrese el numero verificador

Por ultimo seleccionar la opción "Imprimir" o "Enviar por Mail" luego guardar el archivo en formato Pdf e imprimirlo.

El pago se realizará en el Banco de la Nación Argentina.


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