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lunes, 5 de noviembre de 2012

RIN - Registro Industrial de la Nación - Instructivo



1. ¿A quienes esta dirigido?
Las Industrias que estén realizando actividades encuadradas en la categoría de tabulación D, (Industria Manufacturera), de la CLASIFICACION NACIONAL DE ACTIVIDADES ECONOMICAS 1997 (ClaNAE-97)

2. ¿Por qué inscribirse?

La inscripción es obligatoria conforme lo establece la ley 19.971 para todas las industrias manufactureras que se encuentren encuadradas en la clase D del Clasificador Nacional de Actividades Económicas del año 1997 (ClaNAE-97).


En la actualidad el universo de obligados se encuentra ampliado a nuevas actividades industriales; tal como es el caso de las industrias de desarrollo de software, que en el marco de la Ley 25.922, Régimen de promoción de software, son reconocidas como industria nacional, encontrándose obligadas a inscribirse.

3. Sistema informático puesto en marcha a partir de Abril 2007

Se ha implementado un sistema más ágil y simplificado para el trámite de inscripción al RIN. El mismo se denomina S.U.R. y su base de datos es compartida por los distintos regímenes de la Secretaría de Industria.
Este nuevo procedimiento para la inscripción, renovación, actualización de datos y baja de inscripción del RIN, ha sido puesto en marcha en el marco del PLAN NACIONAL DE GOBIERNO ELECTRONICO.


Todas aquellas Empresas que hayan sido inscriptas con anterioridad a Abril 2007 deberán darse de alta en este nuevo Sistema.

Horarios de Atención
- Ventanilla: 9:00 a 15:00 hs
- Telefónica: 10:00 a 15:00 hs

Teléfono y mail de contacto:

- (011) 4349-3512
- consultarin@industria.gob.ar

Entrega de Certificados:

- Aquellas Empresas que envíen la documentación vía correo recibirán el Certificado de Inscripción por la misma vía.
-Aquellas Empresas que presentaron la documentación por ventanilla deberán retirar el Certificado en Av. Julio A. Roca 651, 1º Subsuelo, Sector 24, en el horario de 10:00 a 15:00 hs.

4. Guía de Inscripción:
El presente Instructivo tiene como objetivo brindar ayuda detallada para completar cada planilla que integra el formulario de declaración jurada a través del Sistema Unificado de Registro de Empresas de la Secretaría de Industria (S.U.R).

El sistema S.U.R. esta compuesto por tres etapas para la Inscripción en el RIN:
a) Sistema de registro de datos básicos de la Empresa y obtención de Código Identificatorio.
b) Sistema de finalización de datos e impresión de planillas para presentación.
c) Sistema del Registro Industrial de la Nación (R.I.N.)

Instructivo para la inscripción en el RIN

5. Guía de Renovación El siguiente instructivo tiene como objetivo detallar el procedimiento para la renovación anual del Registro Industrial de la Nación. Es necesario, para una mejor comprensión, que el usuario tenga a mano el “Instructivo para la inscripción en el RIN”.
 

6. Constancia de Exención Transitoria
Aquellas Empresas que, si bien aún no han comenzado, tienen en sus planes futuros desarrollar una actividad industrial manufacturera, enmarcada dentro del Código D del ClaNAE-97, y se encuentren en proceso de instalación de la planta fabril, podrán solicitar una CONSTANCIA DE EXENCION TRANSITORIA. La misma será válida hasta el momento de inicio de las actividades.
Para su trámite deberán presentar:
-Nota siguiendo el modelo de nota, la cuál deberá estar firmada por el representante legal y certificada su firma.
-Constancia de Inscripción en AFIP.
-Pago del arancel en Banco Nación (30 pesos argentinos). Cupón de pago

7. Constancia de Exención Definitiva
Aquellas Empresas cuya actividad no se encuentra comprendida en la Clase D del ClaNAE-97, no deben inscribirse al REGISTRO INDUSTRIAL DE LA NACION, en caso de ser necesario podrán solicitar una constancia de EXENCIÓN DEFINITIVA presentando:
Nota siguiendo el modelo de nota, la cuál deberá estar firmada por el representante legal y certificada su firma
Constancia de Inscripción en AFIP
Pago del arancel en Banco Nación (15 pesos argentinos). Cupón de pago

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