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viernes, 4 de enero de 2013

ANSES: ¿Cómo y en que casos hay que unificar el CUIL?

En los casos en que un trabajador pose más de un número de Clave Unificada de Identificación Laboral ó Tributaria, CUIL ó CUIT, deberá unificarlos, para que los aportes vayan sólo a uno determinado. Para ello, el titular debe dirigirse a cualquier dependencia de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, y si posee el Tributario, CUIT, deberá realizar la asociación en la dependencia de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, que corresponda a su domicilio.
Conozca los pasos a seguir y documentación a presentar para unificar el CUIL cuando el trabajador posee más de uno, trámite necesario para unificar sus aportes y contribuciones a la seguridad social.
Para hacer el trámite el titular debe concurrir personalmente a la UDAI más cercana y si posee CUIL y CUIT, la asociación deberá realizarla en AFIP.
Documentación a presentar:
Argentino o Extranjero con residencia permanente en el país:
  • Original del D.N.I. o LC o LE. y fotocopia o fotocopia autenticada por las autoridades competentes a los efectos de la certificación de documentación, en caso de corresponder.
  • Si extravió el DNI deberá llevar la Constancia de documento en trámite, y otra documentación donde surja el nombre, apellido, fecha de nacimiento, y número de documento (ejemplo: cédula de identidad, licencia de conducir, pasaporte, etc.)
Extranjeros con residencia NO permanente en el país:
  • Certificado vigente otorgado por la Dirección Nacional de Población y Migraciones, o
  • Permiso de ingreso al país vigente expedido por Consulados o por Convenios Internacionales, para el caso de extranjeros que no cuenten con documentación argentina, o
  • Pasaporte donde conste tipo y plazo de residencia (ésta no debe ser turista o permanente)
Extranjeros Nativos del MERCOSUR y sus estados asociados:
  • Constancia de Inicio de Trámite otorgada por la Dirección Nacional de Migraciones.
  • Constancia de Residencia Precaria.
  • Documento extranjero que surge declarado en la Constancia de Inicio de Trámite.
Extranjeros con residencia permanente en el exterior con derecho a una prestación de la Seguridad Social Argentina:
  • Documento del país de origen del Titular, o
  • Formulario de solicitud de aplicación de Convenio, debidamente certificado en caso de existir convenio internacional.
  • Si el trámite lo realiza un apoderado o derechohabiente deberá presentar además su documento de identidad en original, a fin de acreditar identidad. Y Fotocopia del Documento del país de origen del titular donde figuren la denominación del país que emitió el mismo, el número, nombre/s y apellido/s, sexo y fecha de nacimiento, debidamente autenticada por el Consulado Argentino en dicho país o Representación Diplomática Argentina en ese país. La cual, de corresponder, deberá presentar consignados al dorso los datos del tercero que tramita ( apellido y nombre, tipo y número de documento, fecha y firma).
 
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