¿Una persona que tiene un hijastro
de su mujer se lo puede deducir de ganancias? ¿Qué requisitos debe
cumplir para poder deducirlo?
El hijastro es deducible como carga de familia en la
medida que sea residente en el país, menor de 24 años o incapacitado
para el trabajo y que en el año no tenga ingresos superiores a $ 12.960,
siempre que exista un vínculo matrimonial. Solamente podrá efectuar la
deducción el pariente más cercano. En el caso de igual parentesco,
podría darse el caso de que una misma carga de familia sea deducible por
más de una persona, por ejemplo los padres respecto de los hijos. Si no
se verifica el mismo grado de parentesco como relación a la carga, sólo
puede ser deducida por el pariente más cercano, por lo tanto, si la
madre es contribuyente del impuesto a las ganancias, el hijo será carga
de familia de ella y no del marido para quien es el hijastro (pariente
por afinidad).