Puntos a tener en cuenta sobre las licencias por enferdad de familiar para los empleados de comercio:
◘ Los trabajadores de comercio tienen hasta 30 días al año para ausentarse por enfermedad de un familiar directo
◘ Es una licencia sin goce de sueldo, o sea ese día no se abona,
◘ Igual lo tiene que justificar para no ser sancionada, pero no se paga
◘ Con la segunda ausencia pierde el presentismo.
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