Se fija para todos los trabajadores, comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, un salario mínimo, vital y móvil de:
◘ A partir del Agosto 2013:
◘ A partir del Agosto 2013:
○ De $ 3.300.- para los trabajadores mensualizados
○ De $ 16,50 por hora para los jornalizados
◘ A partir de Enero 2014:
◘ A partir de Enero 2014:
○ De $ 3.600.- para los trabajadores mensualizados
○ De $ 18,00 por hora para los jornalizados.
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