1) Un alquiler de local comercial inferior a $ 4500 por mes, ¿está alcanzado por el impuesto sobre los ingresos brutos de la provincia de Buenos Aires?
La locación de inmuebles comerciales en Provincia de Buenos Aires está alcanzada en el impuesto sobre los ingresos brutos a la alícuota del 6%, con independencia de la cantidad de inmuebles en alquiler y del importe mensual de la locación.
La locación de inmuebles comerciales en Provincia de Buenos Aires está alcanzada en el impuesto sobre los ingresos brutos a la alícuota del 6%, con independencia de la cantidad de inmuebles en alquiler y del importe mensual de la locación.
2) Un contribuyente que alquila dos inmuebles con destino a vivienda, ¿debe pagar ingresos brutos?
Al tener 2
inmuebles con destino vivienda, dicha locación se encuentra alcanzada
en el impuesto sobre los ingresos brutos a la alícuota del 3%.
3) Un contribuyente con 1 sola casa, destino vivienda y que supera los $ 4.500 de alquiler, ¿debería tributar ingresos brutos?
Si la locación con destino vivienda (1 único inmueble) supero los $ 4500 mensual o los $ 54.000 anuales, dicha locación está alcanzada por el impuesto sobre los ingresos brutos de Provincia de Buenos Aires a la alícuota del 3%.
3) Un contribuyente con 1 sola casa, destino vivienda y que supera los $ 4.500 de alquiler, ¿debería tributar ingresos brutos?
Si la locación con destino vivienda (1 único inmueble) supero los $ 4500 mensual o los $ 54.000 anuales, dicha locación está alcanzada por el impuesto sobre los ingresos brutos de Provincia de Buenos Aires a la alícuota del 3%.
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