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miércoles, 17 de octubre de 2012

Disposiciones con relación a las presentaciones de las declaraciones juradas mensuales y anuales de las Empresas y Personas Físicas por ante la DGI-AFIP


Estimados clientes y amigos:
A la luz de las disposiciones que han emergido de la resolucion 3358 en vigencia desde el 10 de agosto y las repercusiones que eso ha tenido en diversas empresas a las que, como consecuencia de la misma, han dado de baja, informamosles que para no incurrir en tal circunstancia se deben tener en cuenta que no se puede presentar nunca mas ninguna declaracion jurada en cero.
Tiene que haber saldo a pagar y/o saldo a favor, pero no un saldo cero neutro.
Estamos averiguando unicamente si el saldo neutro puede darse en el caso de la parte del Formulario 931 cuando la empresa deja de tener empleados en relacion de dependencia o esto se solucionara sencillamente con la baja de esta carga por intermedio de la hoja de internet.
Por ende, no se puede presentar en cero en las empresas
Ni el Impuesto a las Ganancias
Ni el Impuesto a la Ganancia Minima Presunta
Ni el Impuesto interno
Ni el SICORE o lo que corresponda en cada una de las empresas
Tampoco es posible presentar en cero el IVA, tiene que dar saldo a pagar o saldo a favor, pero con un saldo
Tampoco es posible presentar en cero las cargas sociales del personal, no se conciben empresas que tengan por objeto la fabricacion por ejemplo, que tengan personal obligatoriamente en relacion de dependencia y no se les permite mandar la declaracion jurada sin saldo alguno.
En relacion a las personas, no pueden presentar la declaracion jurada en cero en Impuesto a las Ganancias ni en Impuesto a los Bienes cuando corresponda.
Tambien corren el riesgo de ser dados de baja por no pagar autonomos cuando figuran como titulares de alguna empresa o alguna actividad.
Interpretamos que el mismo proceder se va a dar en relacion al Monotributo donde se recauda por este mismo metodo Ganancias, IVA y el pago jubilatorio respectivo.    Tampoco se puede No Pagar
Los saluda
Contador Zaietz.


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