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lunes, 30 de marzo de 2015

ARBA - Planes de Pago VIGENTES para los impuestos Inmobiliario, Automotores, Embarcaciones e Ingresos Brutos


En la actualidad están vigentes los planes de pago que se detallan a continuación, previo requisitos y otros datos importantes a tener en cuenta:

Requisitos:
Para confeccionar el plan de pago en cuotas deberá detallar número de partido-partida o dominio, número de CUIT/CUIL o DNI; teléfono de contacto y correo electrónico.

Importante:
Confeccionado el plan de pago en cuotas, se deberán registrar los datos del ticket bancario del primer pago dentro de los 5 primeros días, caso contrario dicho plan será considerado inválido. Sólo exigible para acogimientos de los impuestos Inmobiliario y Automotor. Para ingresar los datos solicitados elija la opción "Ticket de Pago".

Datos requeridos para el ticket de pago del primer pago:
Impuesto :               Teléfono:
Ticket de Pago (datos del ticket)
Plan:                        Banco: 
Sucursal:                 Terminal: 
Transacción:             Fecha de Pago:
Fecha:                     Importe pagado:

Planes de Pago:

 Plan de pago de Ingresos Brutos

 Plan para deuda al 31/12/2014
Plan para Inmobiliario, Automotores, Embarcaciones e Ingresos Brutos
Contado hasta 50% de bonificación
3 cuotas 40% de bonificación
6 cuotas 20% de bonificación
Planes en cuotas con anticipo del 5% de la deuda y el resto en:
12 cuotas Sin Bonificación y sin interés de financiación
De 15 a 30 cuotas Con 1,5% de interés de financiamiento sobre saldo
De 33 a 48 cuotas Con 2,5% de interés de financiamiento sobre saldo

 Plan para deuda hasta 01/01/2006
Contado hasta 90% de bonificación sobre los intereses
3 cuotas hasta 90% de bonificación sobre los intereses
6 cuotas 20% de bonificación
Planes en cuotas con anticipo del 5% de la deuda y el resto en:
12 cuotas Sin Bonificación y sin interés de financiación
De 15 a 30 cuotas Con 1,5% de interés de financiamiento sobre saldo
De 33 a 48 cuotas Con 2,5% de interés de financiamiento sobre saldo 

 Mayores deudas hasta 96 cuotas
Anticipo: 15%
Hasta 96 cuotas, 3,5% de interés de financiación.
Cuota mínima de 10 mil pesos.
Para deudas prejudiciales y judiciales de todos los impuestos, Agentes de recaudación y fiscalización.

 Planes de pago con bonos (Consolidado año 2003)
 Planes de Pago del Impuesto Inmobiliario y a los Automotores

 Liquidación contado y sin trámite -Deuda vencida desde el 1/01/2006 al 31/12/2014, planes de pago caducos a la misma fecha.
-Por pago contado acceden a una bonificación de hasta un 50%. Para el caso de los automotores publicados en la página Web de ARBA, pasibles de ser secuestrados, la bonificación por pago contado de los períodos prejudiciales será de hasta el 25%.
-Los máximos descuentos, 50% y 25%, según lo detallado anteriormente, se alcanzan si se liquida la totalidad de la deuda existente. En el caso de realizarse liquidaciones parciales por año, el descuento será de hasta un 30% y de hasta 20% para automotores publicados en la página Web de ARBA, pasibles de ser retenidos.

 Plan para deuda al 31/12/2014
Plan para Inmobiliario, Automotores, Embarcaciones e Ingresos Brutos
Contado hasta 50% de bonificación
3 cuotas 40% de bonificación
6 cuotas 20% de bonificación
Planes en cuotas con anticipo del 5% de la deuda y el resto en:
12 cuotas Sin Bonificación y sin interés de financiación
De 15 a 30 cuotas Con 1,5% de interés de financiamiento sobre saldo
De 33 a 48 cuotas Con 2,5% de interés de financiamiento sobre saldo

 Plan para Automotores en condiciones de ser retenidos
Contado hasta 25% de bonificación
3 cuotas 20% de bonificación
6 cuotas Sin bonificación y sin interés de financiación
Planes en cuotas con anticipo del 5% de la deuda y el resto en:
12 cuotas Sin Bonificación y sin interés de financiación
De 15 a 30 cuotas Con 1,5% de interés de financiamiento sobre saldo
De 33 a 48 cuotas Con 2,5% de interés de financiamiento sobre saldo

 Mayores deudas hasta 96 cuotas
Anticipo: 15%
Hasta 96 cuotas, 3,5% de interés de financiación.
Cuota mínima de 10 mil pesos.
Para deudas prejudiciales y judiciales de todos los impuestos, Agentes de recaudación y fiscalización.

Planes de pago con bonos (Consolidado año 2003)
Planes de pago del Impuesto Inmobiliario Complementario 
+
 Liquidación contado y sin trámite
Deuda vencida al 31/12/2014 y planes de pago caduco a dicha fecha, accede a una bonificación de hasta el 50%.
El plan de pago puede abonarse:
-Al contado: en un (1) sólo pago, con una bonificación de hasta el cincuenta por ciento (50%) por pago dentro del plazo previsto al efecto.
-3 cuotas: con una bonificación de hasta el cuarenta por ciento (40%) por pago dentro del plazo previsto al efecto.
-6 cuotas : con una bonificación de hasta el veinte por ciento (20%) por pago dentro del plazo previsto al efecto.
Anticipo: del cinco por ciento (5%) de la deuda y el resto:
-En 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin bonificación y sin interés de financiación.
-De 15 a 30 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con 1,5% de interés de financiación sobre saldo.
-De 33 a 48 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con 2,5% de interés de financiación sobre saldo.
Las bonificaciones reguladas para este plan de pagos en ningún caso podrán implicar una reducción del importe del capital de la deuda.
Si usted desea realizar un plan de pagos del impuesto inmobiliario complementario, deberá dirigirse al centro de servicio más cercano a su domicilio.

Planes de pago de Embarcaciones
 Plan para deuda al 31/12/2014
Plan para Inmobiliario, Automotores, Embarcaciones e Ingresos Brutos
Contado hasta 50% de bonificación
3 cuotas 40% de bonificación
6 cuotas 20% de bonificación
Planes en cuotas con anticipo del 5% de la deuda y el resto en:
12 cuotas Sin Bonificación y sin interés de financiación
De 15 a 30 cuotas Con 1,5% de interés de financiamiento sobre saldo
De 33 a 48 cuotas Con 2,5% de interés de financiamiento sobre saldo

Plan de Pago Judicial

 Consulte en un Centro de Servicio Local las facilidades de pago y los datos del apoderado fiscal para regularizar su deuda en instancia judicial.

 Contacte al apoderado fiscal para pagar los gastos y honorarios del juicio, requisito indispensable para regularizar la deuda.
Cuando el monto de los honorarios brutos sean igual o superior a $15.000 se concederán hasta 18 cuotas para su pago, con un importe mínimo de cuota de $4.000. Si el monto de honorarios es inferior a $15.000 se concederán hasta tres cuotas para su pago. La cantidad de cuotas a otorgar no puede exceder a las del plan de pagos a convenir.
En todos los casos los aportes previsionales a cargo de la demandada, de la actora, la Tasa de Justicia, la Sobre Tasa y los gastos autorizados deberán cancelarse totalmente con la primera cuota y en forma de anticipo.
Resolución 12623/2014 Fiscalía de Estado. 


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